La Teoría Política

Jesús Díaz, 28 Octubre 2020

 

 

 

 

 

Introducción

 

Citas

Locke «donde no hay ley no hay libertad».

Hobbes «… la libertad del súbdito descansa únicamente en aquello que el soberano, al regular sus actos, ha pasado por alto»

 

Historia de la antigüedad, costumbres, leyes, poder, riqueza, esclavitud, alcance social de las religiones, comercio y fiscalidad, derecho, factores naturales o culturales, regulación de la vida social, naturaleza del clima y el suelo, latitud (división geodésica), geografía de la región (fenómenos físicos), comercio, metales preciosos, industria, mercado europeo, producción agraria y minera, oro, plata, imperio universal, economía política, pueblo, nación,

Filosofía presocrática, noción de «ley de la naturaleza» y ley científica. Leyes divinas, de la naturaleza, morales.

La constitución inglesa.

Tres formas de gobierno:   republicana, monárquica y despótica (tiranía).

Tres principios dominantes en los ciudadanos:

  • La virtud patriótica, o postergación del propio interés y las propias conveniencias ante los de la comunidad, en la república.
  • El honor, o la búsqueda de distinciones en la monarquía.
  • El temor en el despotismo.

 

Las leyes son relaciones necesarias derivadas de la naturaleza de las cosas.

Teoría de la división de poderes.

Poder legislativo:  ejecutar en asuntos propios del derecho de gentes.

Poder ejecutivo:  ejecutar en asuntos propios del derecho civil.

Poder judicial:

En el caso de España, al gobernar un sistema político oligárquico, no existe ninguna separación de los tres poderes y por tanto solo el poder legislativo crea las leyes a la vez que las ejecuta y las juzga, por eso está todo perdido en ese sistema español. La oligarquía: gobierno de un pequeño grupo que busca su propio beneficio.

Libertad política:   La libertad política sólo estará asegurada si esos tres poderes se hallan efectivamente separados: «Estaría todo perdido si el mismo hombre o el mismo cuerpo de notables, o de nobles, o del pueblo ejerciera esos tres poderes».

Los tres poderes separados o, mejor, divididos, compensándole y controlándose entre sí por medio de sus relaciones institucionales, garantizan la seguridad personal y la libertad.

 

Capítulo 1

 

La naturaleza de la verdad.

Las verdades pueden formar una cadena que une una verdad a otra.

los Sistemas Políticos

Aristocracia, Monarquía, Democracia, Dictadura, República, Oligarquía, Anarquía, Tiranía.

Tipos de Repúblicas:  República democrática, República autoritaria, República parlamentaria, República presidencialista, República semipresidencialista, República militar, República mercantil, República constitucional, etc.

Tipos de Monarquía:   Monarquía absoluta, Monarquía liberal, Monarquía parlamentaria, Monarquía constitucional, Monarquía híbrida, Monarquía federal, Monarquía electiva, Monarquía feudal, Monarquía popular, etc.

Las Leyes

 

Son las relaciones necesarias que derivan de la naturaleza de las cosas. Pues la Divinidad, el mundo material, los animales, el hombre cada uno tiene sus leyes.

Antes de que hubiera leyes había relaciones de justicia posibles. Hay que admitir relaciones de equidad anteriores a la ley positiva que las ordena.

 

Primeras leyes naturales:   La paz es la primera. La segunda es buscar sustento. La tercera el ruego natural en diferentes sexos. La cuarta el deseo de vivir en sociedad.

 

La ley es la razón humana en cuanto gobierna todos los pueblos de la tierra, y las leyes políticas y civiles de cada nación no deben ser más que los casos particulares en que esta razón humana se aplica.

Deben estar en relación con los caracteres físicos del país; con el clima gélido, ardiente o templado; con la condición del suelo, con su situación, con su extensión; con el género de vida de los pueblos, cultivadores, cazadores o pastores; que correspondan al grado de libertad que la constitución puede tolerar; a su religión, a sus inclinaciones, a sus riquezas, a su número, a su comercio, a sus costumbres, a sus hábitos. Las leyes tienen relación entre sí, la tienen con su origen, con el propósito del legislador, con el orden de las cosas sobre el que se halla establecidas.

 

Tipos de leyes

  • Divinas, de la naturaleza, morales, feudales, religiosas, invariables,
Composición
  • Organismos:  Constitución, gobierno, cámara legislativa, parlamento, corte, fiscal, juzgado, patria, sociedad, asamblea, cónsul, gobierno de un municipio, tribunal,
  • Miembros:   Legislativo, príncipe, presidente, ministros, ejecutivo, senado, consejo, magistrado, general militar, juez, edil,
  • Clases:   Nobleza,
  • Actos:   Judiciales, elecciones,
  • Documentos:   Testamento, contrato, bienes, patrimonio,
La virtud
  • Virtudes:   patriótica, cívica,

La virtud en la república (virtud política) es el amor a la patria (amor a la igualdad).

 

La Voluntad
  • Del soberano:  la voluntad del soberano es el soberano mismo.
el Derecho
  • Derechos:  feudales, herencia, derecho de gentes, político, civil, sufragio,

Todas las naciones tienen un derecho de gentes.

 

Los Estados

 

Estado Político

La reunión de todas las fuerzas particulares es lo que se llama estado político.

 

Estado Civil

Las fuerzas particulares no se pueden reunir sin que todas las voluntades se reúnan. La reunión de estas voluntades es lo que se llama Estado Civil.

 

Estado Popular

Se divide al pueblo en determinadas clases. Se necesita virtud política.

 

 

Las leyes que derivan directamente de la naturaleza del gobierno

Tres formas de gobierno:   republicana, monárquica y despótica.

 

Gobierno republicano, es aquel donde el pueblo en conjunto, o solamente una parte del pueblo, tiene el poder soberano;

Gobierno monárquico, aquel donde gobierna uno solo, pero por medio de leyes fijas y establecidas;

Gobierno despótico o tirano, uno solo sin ley y sin regla dispone todo por su voluntad y su capricho.

Desde cada una de esas naturalezas hay que ver cuáles son las leyes que se derivan y que son en consecuencia las primeras leyes fundamentales.

 

Aspectos de la república

 

Es aquel donde el pueblo en conjunto, o solamente una parte del pueblo, tiene el poder soberano. En una república es necesaria la virtud.

Repúblicas mercantiles.

 

El átomo es aquí:   La circunscripción electoral que es la unidad mínima que tiene poder  político. El distrito electoral uninominal de un sólo diputado.

 

 

Aspectos de la democracia

 

Democracia, cuando en la república el pueblo en su totalidad tiene el poder soberano. Es propio el sufragio por suertes.

Es ley fundamental el modo de emitir el sufragio, y constituye cuestión de gran importancia si el voto debe ser público o secreto.

También es ley fundamental que sólo el pueblo haga las leyes, importante que el Senado pueda estatuir, incluso oportuno probar una ley antes de establecerla.

Antiguamente las resoluciones del Senado tenían fuerza de ley durante un año, sin llegar a ser perpetuas más que por voluntad del pueblo.

El principio extendido hoy de la democracia es pragmático, los de hoy no hablan más que de manufacturas, comercio, finanzas, riqueza o del mismo lujo o se hacen los mártires intentando hacer creer que lloran con las mismas lágrimas del ciudadano civil.  Su demagogia consiste en cambiar los objetos. A lo que era regla se le llama traba (impedimento), a lo que era cuidado, temor.

 

Cómo establecen las leyes la igualdad en la democracia

Se deben regular todas las modalidades de contrato, pues si estuviera permitido que cada uno diera sus bienes a quien quisiera y como quisiera, la voluntad particular trastornaría el mandato de la ley fundamental. Es adecuada la ley que prohibía acumular dos herencias, división de las tierras por igual y que un solo hombre no tuviera varias parcelas. La igualdad real es el alma del Estado en la democracia, por tanto en una democracia no cabe posibilidad para la riqueza extrema pues eso es contrario a la igualdad. Por tanto se debe conservar la frugalidad.

El átomo es aquí…

 

 

Aspectos de la aristocracia

 

Aristocracia, el poder soberano solo está en manos sólo de una parte del pueblo. Es propio el sufragio por elección. El poder supremo está en manos de cierto número de personas quienes hacen las leyes y las hacen ejecutar. Cuando los nobles son numerosos hace falta un senado que regule y prepare los asuntos del noble. En este caso la aristocracia está en cierto modo en el Senado, la democracia en el cuerpo nobiliario y el pueblo no es nada.

La mejor aristocracia es aquella en la cual la porción del pueblo que no tiene parte en el poder es tan pequeña y tan pobre que la parte dominante no tiene interés alguno en oprimirla. Cuanto más se acerque a la democracia una aristocracia, más perfecta será; y lo será menos a medida que se asemeje a la monarquía.

El principio lo establecen los nobles y sus leyes. Necesita de menos virtud que la democracia. Los nobles refrenan al pueblo por prerrogativa y por interés propio. Suele tender a una igualdad entre nobles como causa de su conservación.

El átomo es aquí…

 

 

Aspectos del gobierno monarquico

 

La naturaleza del gobierno monárquico es aquel en que gobierna uno solo por leyes fundamentales, la constituyen los poderes intermedios (nobleza), subordinados y dependientes. El príncipe es fuente de todo poder político y civil. Es preciso contar con un depósito de leyes (cuerpo político). El consejo del monarca cambia de continuo y no es permanente. El principio es que el poder lo tenga el príncipe según leyes establecidas que reemplazan a todas las virtudes o casi todas, pues no hay necesidad alguna. La virtud se suple con el honor siendo más o menos buenos ciudadanos.

El principio y naturaleza del honor consiste en exigir preferencias y distinciones.

Las leyes de la educación:   en las monarquías se debe inculcar cierta franqueza. La educación en las monarquías exige cierta cortesanía en los modales. La cortesía nace del gusto por distinguirse, por orgullo. El honor tiene sus normas supremas y la educación está obligada a acomodarse a ellas.

 

El átomo es aquí…

 

 

 

Aspectos del estado despótico o tiránico

 

La naturaleza del poder despótico resulta que el único hombre que lo ejerce haga asimismo ejercer por un solo hombre. Un hombre a quien sus cinco sentidos dicen sin cesar que él lo es todo y los demás no son nada, es naturalmente perezoso, ignorante y voluptuoso. Se debe establecer un ministro como una ley fundamental. El principio que uno solo gobierne según sus deseos y caprichos, el honor su mayor desconocido. Es necesario el temor, pues la virtud le es innecesaria y el honor le resultaría peligroso. El temor es el resorte del gobierno. La naturaleza del gobierno exige una obediencia extrema. No da lugar para acomodos, plazos, tratos, ni proponer algo igual o mejor. El hombre es una criatura que obedece a una criatura que manda. De nada sirve el respeto hacia el padre, la ternura hacia los hijos y las esposas, se recibe una orden y basta.

El poder es parecido al gobierno monárquico. Toda la diferencia estriba en que, en la monarquía el principe tiene luces y en que los ministros son infinitamente más hábiles y expertos en los asuntos de gobierno que en el Estado despótico.

Las leyes de la educación: en el estado despótico procura rebajar el ánimo hacia la educación. Se requiere que sea servil. La obediencia extrema supone la ignorancia del que obedece, y la supone incluso en el que manda. Sólo tiene que ordenar. La educación es por tanto muy limitada. Se reduce a meter miedo en el corazón. El saber será peligroso.

 

El átomo es aquí…

 

Las leyes de la educación

 

Hoy recibimos tres educaciones diferentes o contrarias:   la de nuestros padres, la de los maestros y la del mundo (estas invierte las ideas de las dos primeras).

 

 

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Salas:    Civil, Penal, Contencioso-Administrativo, Social, Militar.

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